Cambios en el régimen de autónomos
Ya habrás escuchado que el consejo de ministros dio el visto bueno al nuevo sistema de cotización para todos los trabajadores que estén en el régimen de autónomos. Este nuevo sistema de cotización funcionará según los ingresos reales. Hasta ahora se ha hecho eligiendo voluntariamente la base a la cual se quiere acoger, pero ahora será según ingresos de cada autónomo.
En España hay alrededor de 3,4 millones de trabajadores en el régimen de autónomos y todos ellos podrán contar con un periodo de 9 años de transición siendo definitivo el cambio una vez entrado el año 2032.
Vamos a ver más detallado en qué consisten estas novedades del régimen de autónomos.
Novedades del régimen de Autónomos
Este cambio de cotización cuenta con 15 tramos de rendimientos netos y bases de cotización y van desde una cuota mínima de 230€ hasta los 500 euros, siendo el objetivo principal de este cambio la equiparación de las prestaciones entre el RETA y el régimen general. La nueva reforma lleva consigo cambios en otros puntos que interesan mucho a los autónomos.
Nuevas deducciones generales del autónomo
La nueva reforma recoge dos nuevas deducciones: El próximo 1 de enero del 2023 se pondrá en marcha una deducción por gastos genéricos del 7% para aquellos autónomos individuales, mientras que la misma se reducirá al 3% para los trabajadores por cuenta propia societarios. La información de Hacienda será importante a la hora de cruzar los datos con la Seguridad Social
El papel fiscalizados de la Agencia Tributaria en el nuevo régimen
Uno de los principales cambios es que se le dota a la Agencia Tributaria de un poder fiscalizador para determinar los ingresos reales determinantes a la hora de fijar. La regulación de cada ejercicio se llevará a cabo el año siguiente y se realizará en función de los datos que la Agencia Tributaria comunique.
La cuota reducida de autónomos será de 80 euros
Hasta ahora, los que iniciaban su actividad como autónomos tenían una cuota reducida de 60 euros. Ahora esta cuota estará fijada en 80€ y tendrá una duración inicial de 12 meses, pero si el autónomo registra ingresos inferiores al Salario Medio Interprofesional durante este primer año, se le podrá ampliar la cuota reducida durante otro año más.
Setis cambios de tramos
En la nueva reforma los autónomos podrán modificar su base de cotización más veces, es decir, pasan de poder hacerlo de 4 veces a 6. Este cambio tiene como objetivo ajustar la cotización a su previsión de rendimiento del año. Además de esta solicitud, los autónomos tendrán que efectuar una declaración del promedio mensual de los rendimientos netos anuales.
Desaparece el tope de cotización para los mayores de 47 años
El tope de cotización para los trabajadores de más de 47 años desaparece porque con el nuevo sistema la condición que regirá será que los ingresos avalen que se encuentra en el tramo de cotización correcto. Hasta la fecha esto se utilizaba para elevar la cotización durante los últimos años laborales y así elevar la cuantía de la pensión de jubilación.
Un refuerzo de la tramitación electrónica
La idea, al igual que en todos los sectores, es agilizar los procesos mediante la tecnología, y con las nuevas novedades el teléfono móvil será una gran herramienta de gestión de cualquier autónomo. Desde el móvil se podrán hacer bajas, altas, elegir el tramo y la cuota, etc… Desde aquí también se podrá acceder a la realización de simulaciones para saber más exactamente la cuota a pagar en función de los ingresos antes de hacer una alta.
Otro cambio es la desgravación del 10% en el plan de pensiones
La desgravación del 10% en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de las aportaciones al plan de pensiones es otra de las novedades de los nuevos cambios del régimen de autónomos.
Cese de la actividad parcial de un autónomo
Con las novedades del nuevo régimen de autónomos se reconoce una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Ésta podrá cobrarse de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin tener que cerrar la actividad. Para poder tener acceso a esto hay que tener una reducción del 75% de los ingresos o ventas (siempre y cuando no se tengan trabajadores). Por el contrario, si se tienen trabajadores, esta condición se debe dar durante dos trimestres, con ingresos inferiores al SMI y con una reducción de jornada o suspensión de contratos del 60%
Existen muchos cambios que podrán afectar a millones de trabajadores por cuenta propia con el régimen de autónomos, y en Descuento Global Financiero queremos seguir trabajando junto a ellos para hacerles su día a día laboral más fácil con la financiación para autónomos y la liquidez de nuestros descuentos de pagarés.
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