Diferencia entre el factoring con recurso y sin recurso
Este es uno de los recursos en los que muchas pymes y autónomos ponen interés, tanto el factoring con recursos y el factoring sin recurso. Los dos son instrumentos de financiación a corto plazo, ayudando a evitar los problemas de insolvencia, permitiendo el cobro de facturas de manera adelantada.
Primero vamos a ver los agentes que intervienen en el proceso del factoring, y son:
- El factor: el establecimiento financiero (en este caso Descuento Global Financiero), o banco y caja de ahorro. Aquí es donde aparece nuestro trabajo, que prestamos los servicios del factoring al cedente.
- El cedente: es la empresa o autónomo que recurre al servicio del producto financiero
- El deudor: éste será el autónomo o la empresa que tiene que pagar la factura al cedente.
Pero ahora vamos a centrarnos más en la diferencia entre un factoring con recurso y uno sin recurso.
¿Qué es el factoring con recurso?
En esta versión del factoring se considera responsable al cedente en caso de que el deudor no hiciera frente al pago posterior de la factura. Vamos a verlo con un ejemplo.
Sara, propietaria de una empresa de venta de materiales de construcción, necesita hacer un pedido grande de bloques en “U” por valor de 6.000 euros a uno de sus proveedores habituales, porque tiene un cliente que va a hacer una gran obra. Ahora mismo los fondos con los que cuenta no son tan grandes para poder hacer el pago de los 6.000€, ya que uno de sus clientes aún no le han hecho el pago de otros materiales con el mismo valor, 6000€ porque sus clientes le suelen pagar a 60 días.
En esta situación, Sara no quiere decirle que no al cliente que necesita los bloques porque es un buen negocio, por lo tanto recurre al Factoring, y nos solicita que le anticipemos la factura de 6.000 que tiene previsto cobrar dentro de 60 días.
Aquí los roles serían, Sara la cedente, el cliente deudor, el cliente que le debe los 6.000€ y el factor nosotros, Descuento Global Financiero.
Sara percibirá la cantidad de 6.000 euros. Cuando pasen los 60 días, si el cliente deudor no paga los 6.000 euros y el factoring hubiera sido acordado CON RECURSO, Sara tendría que pagar a la entidad (DGF) la totalidad de esa factura. Es decir, que con el factoring con recurso el riesgo del impago lo asume el “cedente”, en este caso Sara.
Una diferencia que tiene con al factoring sin recurso es que el cedente pagará menos gastos de comisión
Por otro lado, es la herramienta más habitual usada entre financieras, ya que para determinar que sea sin recurso solo se aplica a empresas muy buenas y con una clasificación crediticia muy alta.
¿Y qué es el factoring sin recurso?
En este caso, el cedente queda eximido de cualquier responsabilidad derivada del impago del deudor. La entidad financiera, ya sea DGF o un banco, asume la totalidad del riesgo. En estos casos el tipo de interés y comisión que se cobra es más elevado.
Ya sea factoring con recurso o factoring sin recurso, en los dos casos se permite que las empresas, autónomos y pymes, puedan cobrar sus facturas de manera adelantada para evitar el riesgo de impago de sus proveedores o clientes. Una de las maneras de conseguir crédito a corto plazo.