Descuento de pagarés sin recurso y con recurso
El descuento de pagarés es un servicio que permite al beneficiario de un efecto cobrarlo antes de la fecha de su vencimiento en entidades bancarias o a través de entidades financieras y , en algunos casos asegurándose el cobro del mismo.
Este tipo de operación financiera permite tanto a empresas como autónomos la obtención de liquidez de forma inmediata sin que les suponga un aumento de su deuda ni de su riesgo (en el caso del descuento sin recurso). A través de este procedimiento, el banco o la entidad financiera adelanta al beneficiario del pagaré el nominal del efecto descontándole la comisión y/o interés a cambio de que éste ceda los derechos de cobro.
Según el procedimiento que se negocie con la entidad financiera el descuento puede ser con recurso o sin recurso.
Si una empresa o autónomo se decanta por el descuento de un pagaré con recurso, recibirá el líquido acordado con la entidad financiera en el contrato de cesión pero bien, en este caso si el emisor del efecto no hace frente al pago en el momento del vencimiento, el beneficiario será responsable subsidiario del mismo y, en el caso de que el pagaré hubiera sido endosado sucesivas veces, todos los endosantes que intervengan responden del pago.
A diferencia del descuento de pagarés con recurso las operaciones de descuento de pagarés sin recurso suponen para la empresa o autónomo liberarse de la responsabilidad por insolvencia del deudor del pagaré. En el caso de que , al vencimiento del efecto, el emisor no cumpla con el pago será al entidad financiera quien tenga que asumirlo. Aunque la cláusula sin recurso no exime en todos los casos de la responsabilidad de cubrir el impago al beneficiario como por ejemplo en caso de discrepancias comerciales o falsedad de crédito.
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