¿Qué es el modelo 347? Preguntas frecuentes
Es probable que durante el mes de febrero hayas recibido llamadas de tus clientes o proveedores para comparar las cifras del modelo 347. Debes saber que, si eres un autónomo o empresa que haya realizado operaciones con terceros por un valor que supere los 3005,06€, estás obligado a presentar y rellenar el modelo 347.
El modelo 347, también conocido como la declaración anual de operaciones con terceros, se encarga de informar de todos aquellos clientes, proveedores o acreedores con los que se hayan realizado operaciones (compras o ventas) por un valor superior al indicado anteriormente.
En este artículo queremos responder a las preguntas más frecuentes y a las principales dudas sobre el modelo 347.
¿Quién debe presentar el modelo 347?
Este modelo es informativo, por lo que su presentación no implica la realización de ningún pago. Tal y como hemos indicado, cualquier empresa o autónomo con operaciones con terceros superiores a 3005,06€ están obligados a presentarlo. Los profesionales o empresas exentos de su presentación son los siguientes:
- Aquellos autónomos o empresas con operaciones con terceras personas que no superen los 3005,06€ durante el ejercicio anterior.
- Autónomos, profesionales o empresas que tengan exclusivamente clientes intracomunitarios.
- Personas físicas o jurídicas que realicen actividad comercial en España y no cuenten con sede o domicilio fiscas en el país.
- Aquellas entidades en régimen de atribución de rentas que hayan sido constituidas en el extranjero y no tengan presencia en España.
- Las empresas o autónomos que tributen por módulos y mediante los regímenes simplificado, de agricultura, ganadería y pesca en el IVA o por recargo de equivalencia.
- Los profesionales autónomos y empresas que tengan la obligación informar sobre todas las operaciones que han sido incluidas en los libros registro de IVA o IGIC.
Si no perteneces a ninguna de estas categorías, debes cumplimentar y presentar el modelo 347 en la Sede Electrónica de Hacienda.
¿Cómo presentar el modelo 347?
Presentar el modelo 347 es muy sencillo. Su presentación se realiza de forma telemática en la Sede Electrónica de Hacienda. Para ello, necesitarás la firma electrónica o la firma con clave (Cl@ve con PIN). Si has presentado otros modelos de forma telemática, seguro que ya cuentas con alguna de estas firmas.
Plazo de presentación del modelo 347
El plazo de presentación de la declaración anual de operaciones con terceros es del 1 al 28 de Febrero. En el modelo 347 se incluirán todas las operaciones que correspondan al año natural anterior.
Forma de presentación de la declaración anual de operaciones con terceros
Antes de presentar el modelo 347, te recomendamos que contactes con todos y cada uno de los clientes y proveedores con los que hayas realizado operaciones que superen los 3005,06€. De esta forma, te asegurarás que las cifras que se presentan son correctas y no estás incurriendo en errores. Si las cifras presentadas entre dos empresas no coinciden, es probable que Hacienda decida revisar las cuentas de ambas empresas.
Una vez comprobados estos datos, puedes proceder a realizar la declaración. Podrás escoger entre realizar una nueva declaración, importar un fichero con formato BOE o cargar un fichero con formato “.ses”.
La información del ejercicio anterior se presentará desglosada por trimestres, con excepción de las cantidades que hayan sido percibidas en metálico (que se especificarán en términos anuales).
Esperamos haber resuelto las principales dudas sobre el modelo 347. Corrobora con tus clientes y proveedores las cifras y presenta la declaración durante el mes de Febrero.
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